La libertad de expresión asesinada por lo políticamente correcto

El sol se pone, lánguido, sobre el horizonte de la libertad de expresión y el derecho de cada uno de nosotros a decir lo que pensamos. Este verano de 2016 quedará en la memoria de todos no como el verano más tibio, o más caliente, sino como el verano en el que, tras meses (años) de orquestada campaña igualitarista empezó a bosquejarse el fin de uno de los derechos fundamentales de toda persona.

En España, los esfuerzos cordosanitarios y las altisonantes campañas buenistas unicorniales han conseguido aunar las fuerzas de izquierda con la negligente inacción del PP en un vórtex final en el que el enemigo somos todos. Todos los que no estén estrictamente del lado del mainstream, no me lo podrán negar, claramente colectivista y enajenante.

Las denominadas campañas  contra el «discurso del odio», orquestadas desde todos los altares sociales: ministerios, ONG’s, partidos, redes sociales y panfletos de barrio han sabido imponerse a pesar de ambigüedad se su mismísimo objeto: ¿de qué «odio» estamos hablando?  ¿Son todos los «odios» iguales? ¿Qué es exactamente lo que no podemos «odiar»? El objetivo, nos dicen, es posicionarse con contundencia frente a la incitación a la ofensa, sin definir muy bien esta última, pero dejando claro que nada de lo escrito en los medios o en internet quedará sin leer-censurar-denunciar. Ejércitos de bots pululan en la red en busca del twitt «inadecuado», el comentario «xenófobo» en Facebook o el artículo neoturboliberal «digno» de ser amordazado.

Todo aquello que «alguien» – incluso para un miembro de alguna checa autoconfigurada asambleariamente en un perdido foro de internet – considera que tiene pinta de ser odio, incitación o puesta en duda del mainstream, puede ser declarado como odio, incitación y puesta en duda del mainstream. Declaración de spam, denuncia en Twitter, bloqueo en Facebook, demonización de un blog, incluso denuncia ante algún tribunal que se preste. El umbral de lo «legal» definitivamente enmarcado en el dintel del «eso no lo queremos», «eso no nos gusta».

La ridícula pirueta intelectual, el funanbulismo mental necesario para redactar los titulares de buena parte de la prensa – no ya española, la europea también – cuando  de presentar ciertas noticias se trata, es el precio a pagar tras haberse arrojado en caída libre por el abismo de la autocensura, abismo excavado en buena medida por esos mismos medios en su afán de gustar al poder.

No, no se trata del temor a incumplir una ley con artículos y párrafos, todavía no. Pero todos experimentaremos las consecuencias de la cada día más patente ausencia de luz sobre la libertad de expresión: ¿retuiteo esta frase? ¿le doy al «me gusta» este artículo? Lo notaremos siempre que vacilemos antes de escribir nada, no sea que hacerlo pudiese ser perjudicial y dañar la propia carrera profesional.

El miedo está ahí, el deseo de participar en una discusión abierta, que siempre debe ser la base para la toma de cualquier decisión que afecte a la mayoría, se desvanece. Como en los mejores tiempos de todas las notorias dictaduras, el debate se retira al sector privado y en los espacios seguros de personas afines.

Esto acaba de empezar.

 

Luis I. Gómez
Luis I. Gómez

Si conseguimos actuar, pensar, sentir y querer ser quien soñamos ser habremos dado el primer paso de nuestra personal “guerra de autodeterminación”. Por esto es importante ser uno mismo quien cuide y atienda las propias necesidades. No limitarse a sentir los beneficios de la libertad, sino llenar los días de gestos que nos permitan experimentarla con otras personas.

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4 comentarios

  1. Es curioso, pero se me ha venido a la cabeza la reciente ley de transexualidad de la Comunidad de Madrid, gobernada por el PP con el apoyo de C’s.

    10.5.- Defenderán eficazmente en materia de identidad de género el tratamiento pluralista, la no difusión de los prejuicios que conducen a la discriminación o que incitan a la violencia por motivos de orientación sexual o de identidad de género en los medios de comunicación de titularidad pública o privada.

    32.2.- Los programas de apoyo a las familias, contemplarán de forma expresa medidas de apoyo a la diversidad familiar por razón identidad y expresión de género.

    34.1.- Se reconocerá como violencia familiar y se adoptarán medidas de apoyo, mediación y protección, a cualquier forma de violencia que se ejerza en el ámbito familiar por causa de identidad y/o expresión de género de cualquiera de sus miembros, incluyendo el no respeto por padres y hermanos a la identidad y/o expresión de género de los menores.

    35.3.- Todas las entidades juveniles y trabajadores de cualquier ámbito que realicen sus labores con la juventud promoverán y respetarán con especial cuidado la igualdad de las personas en atención a la identidad y expresión de género.

    37.3.- Todas las bibliotecas propiedad de la Comunidad de Madrid y de los diferentes Ayuntamientos, deberán contar con fondo bibliográfico específico en materia de identidad sexual y de género, en cualquier caso respetuoso con los derechos humanos y nunca contrario al reconocimiento de la expresión o identidad de género, siendo obligatorio que dichos fondos conformen una sección específica en aquellas bibliotecas de ciudades de más de 20.000 habitantes.

    41.- La Comunidad de Madrid velará para que los medios de comunicación adopten, mediante autorregulación códigos deontológicos que incorporen el respeto a la igualdad y la prohibición de discriminación por motivos de identidad o expresión de género, tanto en contenidos informativos y de publicidad, como en el lenguaje empleado. Esta disposición afectará a todos los medios, incluidos aquéllos propiciados por las nuevas tecnologías.

    43.1.- Se podrá establecer, en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, la preferencia en la adjudicación de los contratos para las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, desarrollen medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades en atención a la identidad y expresión de género.

    Artículo 48.- Inversión de la carga de la prueba. 1.- En los procesos autonómicos, cuando el interesado aporte hechos o indicios razonables, fundamentados y probados por cualquier medio de prueba admitido en derecho, de haber sufrido discriminación por razón de identidad o expresión de género, corresponde a aquél a quien se atribuye la conducta discriminatoria, la aportación de justificación probada, objetiva y razonable de las medidas adoptadas.

  2. Pero eso mismo está acabando con los medios tradicionales de comunicación. Cada vez más, la gente más movilizada, pasa totalmente de la TV y prensa tradicional, para buscar su información en sus portales de internet, en Facebook, Twitter, y los cada vez más periódicos alternativos sólo online.

    Y cuando pierdan ese público, sólo les quedará vivir del pesebre público hasta que tengan que cerrar.

  3. En eso, los que no somos nadie llevamos ventaja, que podemos expresarnos con mucha más libertad. Y si para ello tenemos que dar el nombre, pues lo damos y ya está.

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