La pena de cadena perpetua. Yo digo sí.

Acabo de leer que la familia de la niña asesinada Mari Luz va a lanzar una campaña en defensa de la pena de cadena perpetua para según que delitos. Uno de los argumento principales que consigo leer entre las declaraciones de los promotores es el de la imposibilidad de reinserción social de ciertos individuos. Creo que es un error. Considero que todos somos reinsertables, reeducables. Unos más fácilmente que otros. Pero todos aprendemos de la vida. Ocurre que el argumento está equivocado.

La cadena perpetua es deseable (y yo soy partidario de ella) si se tiene en cuenta el principio de proporcionalidad. No se trata de castigar a un delincuente mayor hasta que se «cure». Se trata de aplicarle una pena que sea capaz de resarcir el daño causado. Dado que considero que ninguna sociedad está legitimada para quitarle la vida a nadie (por lo que me opongo a la pena de muerte), lo lógico es ser absolutamente consecuente con el principio de proporcionalidad. El asesino de Mari Luz ha destrozado no sólo la vida de la niña, también la de su familia. Y ese destrozo es irreparable … toda una vida. Lo lógico es que este señor pague por ello … toda su vida.

Ya ven que no es este un post cerrado. Alguien se anima a abrir un debate sobre el tema? Vamos, señores, que parece que estemos todos un poco de capa caída y este es un tema que merece la pena.

Luis I. Gómez
Luis I. Gómez

Si conseguimos actuar, pensar, sentir y querer ser quien soñamos ser habremos dado el primer paso de nuestra personal “guerra de autodeterminación”. Por esto es importante ser uno mismo quien cuide y atienda las propias necesidades. No limitarse a sentir los beneficios de la libertad, sino llenar los días de gestos que nos permitan experimentarla con otras personas.

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21 comentarios

  1. Yo también soy partidaria de la pena de cadena perpetua para castigar a aquel que cometa un asesinato, siempre , claro está ,que no sea en defensa propia .

  2. Parece que soy un ultra del utilitarismo y dejo a un lado como inservible a la moral. Pero es por moral que defiendo la libertad y busco lo más útil para ello.

  3. Hola Luis,

    antes que nada te doy mis felicitaciones por el blog.

    Bien, la verdad es que lo que quiero decir es tan sólo que el enfoque no debe estar en el delincuente sino en la gente de bien. Y por tanto la cuestión de la cuantía de la pena debe verse desde esa óptica, y teniendo en cuenta la experiencia, razón por la cual no puede ser la misma pena para un robo que para un asesinato.

    Y yo creo que con la experiencia en la mano un asesino jamás debe volver a la libertad.

  4. Miguel Ángel, muy brevemente, porque creo que en estas cosas se ha de ser muy conciso:

    yo defiendo la libertad de quien sabe usarla. Usar la libertad empieza por tener absoluta conciencia de la libertad y la vida de los demás. Quien pierde esa conciencia -esa responsabilidad-, no sólo no es libre, pierde el derecho a hacer uso de esa libertad que, tal vez, defienda para él, pero desprecia en, por ejemplo, una niña a la que viola y asesina. Derecho a redención? Sólo si ha cumplido íntegramente su pena. Y si la pena es de cadena perpetua, perpetua ha de ser.

    Un saludo muy cordial.

  5. La libertad es un principio, y como tal se defiende o no. Y eso implica que la negación de la libertad también es un principio, por lo que no tienen mucho sentido las reflexiones sobre el porqué negar la libertad, en mi humilde opinión. Es decir, yo podría seguir el hilo y decir que un delincuente sólo es apto para salir de prisión cuando ha asumido que debe cumplir toda su pena y que debe llevarlo a cabo, lo que implicaría que un asesino sólo estaría preparado para salir de prisión cuando muera (yo entiendo eso, es decir, es arbitrario y otro podría pensar que el asesino estaría preparado con simplemente pedir perdón). No tiene mucho sentido, pienso. Es decir, me repito, no tiene sentido la reflexión sobre el porqué.

    Creo que el utilitarismo no es una reflexión que explique la negación de la libertad (pues no hay explicación) sino una utilidad para defender la libertad (que tampoco tiene explicación, pues es un principio).

    Es en la medida de preservar la libertad y seguridad de la gente de bien que tiene sentido para un liberal (defiende el principio de la libertad) el negar la libertad a un delincuente en una medida concreta según la experiencia.

    La verdad es que dicho así un poco sin reflexionar a fondo, que igual tendría que matizar algo lo dicho.

    Un saludo a todos.

  6. Minne, la idea de dedicar un dia a esa denuncia me parece genial. Cuanta con mi apoyo.

    PD: creo que te falta la mitad del comentario… busco y busco, y no encuentro nada 🙁 Lo recuperas?

  7. … (cachis con los dedos) …

    nada nos garantiza que las cosas hubieran sido diferentes.

    Esa diferente actitud de los politicos dando estatus a ETA y a sus muertos (los politicos) frente a otros criminales igual de peligrosos, pero que suelen causar muertos de «otros» (vulgo nuestros) a mi me produce un asco tremendo.

    Yo dije que declaraba, por mi cuenta, el día 7 como día de recuerdo de las víctimas olvidadas y como dia de reclamo de que se nos libre del riesgo de esos criminales, cuya capacidad de regeneracion es desconocida.

    El proximo día 7 volvere a postear sobre eso. y el siguiente y al otro tambien. Tenemos derecho a que de defienda la seguridad de los nuestros y tenemos derecho a que la seguridad y la libertad y el derecho a la vida de nuestros hijos prime sobre el derecho a presumir que se puede volver bueno un criminal.

    Y tenemos derecho a exigir a los politicos que no traten a ETA como si fueran criminales con pedrigri, y tenemos derecho a exigirles que deroguen las leyes que ponen en peligro el derecho a la vida de los nuestros.

    Y tenemos derecho a escupirles en la cara.

    Asi que os animo a dar continuidad a esta reclamación. Yo he propuesto el dia 7 por lo que significa, porque retrató a esos mangantes sin entrañas y porque no hay derecho.

  8. Jopetas
    Entre que ,mis hijos han hecho «algo» y tengo la IP de casa baneada y no puedo comentar ni aqui ni en casa de Elentir y que tengo los dedos que le dan a las teclas que no tocan….

    Empezaba diciendo que el día 7 fue el último día de la campaña electoral. Ese día ETA asesinó a un concejal socialista y se suspendió la campaña. Ese mismo día se encontró el cuerpo sin vida de Mari Luz. Pero ella no valía una suspensión de campaña. A fin de cuentas, sólo era una cría asesinada por un pederasta reincidente que se encontraba en libertad por dos cosas: primero por la ineficiencia de la justicia a la hora de defender a los ciudadanos (que no ocurre a la hora de dar cobertura a los Albertos o a Felipe Gonzalez); pero aunque la justicia hubiera funcionado mejor… ¿que garantía tendríamos .de que Mari Luz siguiera viva con las penas de risa que han aprobado nuestros políticos para quienes violan y asesinan a nuestros hijos?

    Por eso el día 7 me parece tan significativo. Representa el dolor de quien deberia de ser defendido y es sacrificado. Representa el triunfo del criminal. Y representa sobre todo la iniquidad y la indecencia de los politicos, que son los últimos responsables de las leyes existentes y del estado de la justicia. Todos los politicos, por desgracia. Porque todos han podido influir en cambiarlo y ninguno lo ha hecho.

    Algo así era
    😉

  9. Primero y principal: estoy plenamente de acuerdo con la prisión perpetua de la manera que lo expones.

    Pero por otra parte creo que en la Europa democrática contemporánea no se llevó a cabo aún un debate serio sobre la pena de muerte, o al menos no encuentro debates profundos referente a ella. Me pregunto que sentido tiene que una sociedad mantenga económicamente de por vida a criminales autores de hechos espantosos, dándoles incluso la posibilidad de estudiar derecho y de encontrar «letras pequeñas» o trampas en la ley, como ha pasado muchas veces en muchos países, que incluso puedan usar para librarse de la pena.

    Se que es muy difícil argumentarlo mas allá de lo meramente emocional, ya que tampoco tengo conocimientos jurídicos para argumentarlo. Creo que la ley penal se orienta finalmente a la primera posición que cita Sanzwich, la retributiva. No me parece que ante crímenes espantosos pueda una sociedad quedarse tranquila ante el consuelo de «quitarse de la vista al monstruo».

    Reconozco, asimismo, que se me presenta naturalmente la objeción sobre lo que podría considerarse una generalidad en los estados que aún aplican la pena capital en los EEUU: de los reos, siempre acaban ejecutando a los pobres.

  10. Sí, Sanzwich, la disuasión es la meta principal de todo castigo. De todos modos no considero visceral el desea de ser resarcido. Es justo que así sea.

    Florecilla, ya dije que no apruebo la pena de muerte, ni los castigos corporales. A veces nos puede la ira, pero debemos mantenerla bajo control.

  11. Claro que es re-insertable. Lo puedes insertar en una estaca y luego sacarlo y volverlo a insertar.

  12. OK. En esa acepción del término «resarcir» sí que entiendo a lo que te refieres. O sea, al resarcimiento visceral que tiene el fin retributivo de la pena.

    No obstante, como señalé en el primer comentario, en mi opinión ese fin debe ser secundario al utilitarista principal: esto es, la mera disuasión.

  13. Sanzwich:
    he de dotar a la palapra «resarcir» de todo su contenido subjetivo para que se entienda bien lo que quiero decir. Yo me siento resarcido cuando considero que se ha repuesto de forma suficiente el daño que se me ha causado. En este punto entran dos protagonistas: la sociedad contra cuyas normas se atenta y el sujeto del atentado, un individuo al que, en el sistema penal español actual, apenas sí se le tiene en cuenta. Evidentemente, una reposición al 100 de una vida no es posible, pero yo puedo sentirme «reparado» sabiendo que el asesino de mi hermano está en la cárcel. Considero que en todo proceso penal en el que el acusado haya proferido un daño a uno o varios particulares, éstos no sólo puedan actuar en la acusación partuclar (como ya se hace), si no también en la propuesta de pena y, sobre todo, en las comisiones de revisión de la misma (si las hubiere).

    Patricia: evidentemente mi frase es provocativa. Lo que quiero decir es que incluso si todos fuésemos reinsertables, esa no es razón para levantar una pena. Nunca. La única razón es la de haber satisfecho suficientemente el daño causado.
    Por ello estoy contigo y los otros comentaristas: si pena de perpetua, perpetua. Nada de paseitos a los 15 años por haber leído dos libros. Los podía haber leído mientras cometía su crimen, lo que le hubiese ahorrado la estancia en la cárcel.

  14. Estoy a favor de la cadena perpetua, sin duda; pero difiero contigo en que «todos somos reinsertables», hay muchos estudios, y tambien hablo desde mi experencia personal para decirte que no todas las personas son capaces de reinsertarse en la sociedad, simplemente porque no se arrepienten de lo que han hecho.
    En el caso de los maltratadores, esta claro que nunca se recuperan, que el que levanta la mano una vez lo hace mas veces, luego estan los violadores … y asi unos cuantos mas; por lo que yo tambien digo si a la cadena perpetua, pero de verdad.

  15. Me parece que en España en general las penas de prisión son cortas y veo que casi para cualquier crimen hay una liberación con cargos inmediata, no se si existe algún tipo de fianza en esos casos.

  16. Siempre que se habla de la cadena perpetua, de la pena de muerte… del castigo, en general, nos olvidamos de lo más importante, de lo que habría que definir en primer lugar: el fundamento del castigo.

    Básicamente hay tres posturas, con las cuales, curiosamente, es compatible la cadena perpetua de la que hablamos:

    1) La retribucionista, según la cual el fin del castigo es devolver al malhechor un daño equivalente al causado. Esta fundamentación, en su formulación más moderna (y huyendo de anteriores postulados morales o religiosos), se sostiene en la necesidad de encauzar jurídicamente el instinto de venganza que a todos se nos despierta cuando somos ofendidos.

    La objeción: tenemos otros muchos instintos destructivos (el asesino, por ejemplo), los cuales, por el mero hecho de existir, no deben ser transpuestos jurídicamente. Y, en particular, el instinto vindicativo, es decir, el que busca añadir un mal a otro mal previo, no genera ningún valor ético deseable.

    2) La social, que entiende que el fin del castigo ha de ser rehabilitar y reinsertar en la sociedad al reo. Parte de la aceptación de que, al menos en parte, el criminal es empujado a delinquir por sus circunstancias vitales, las cuales no ha escogido.

    El problema: además de que esta formulación es absolutamente contingente, si ésta se toma como único fin de la pena, nos encontramos con que muchas veces un delito es cometido, de forma puntual, por alguien que ya está correctamente socializado; con lo cual, bajo esta óptica penal, no habría de ser condenado. Además, se ha demostrado que la reeducación sólo tiene éxito en un bajísimo porcentaje de los casos; por lo que, siendo coherentes, habría que dejar entre rejas y a perpetuidad a casi todos los criminales por no resocializados.

    3) La utilitarista, que es la que a mí más me gusta. Bajo este enfoque el fin principal de la pena es disuadir la comisión de delitos por el miedo que genera la expectativa de ser castigado. Por ello, la intensidad de la pena dependerá de la peligrosidad social del delito en un momento dado, y no de criterios de proporcionalidad. Por ejemplo, si en un futuro los hurtos (un delito menor) aumentaran un 10.000 %, aunque proporcionalmente les hubiera de corresponder una pena escasa, habría que aumentar la pena por razón de la alteración de la convivencia social que entrañaría un tan alto grado de raterías.

    Además, bajo la óptica utilitarista se pueden considerar otros fines secundarios. Por ejemplo, una vez cometido el delito, el de prevenir la comisión de nuevos delitos mediante la prórroga del encarcelamiento de un sujeto potencialmente reincidente. También, desde el utilitarismo, y siempre como fin suplementario, tiene cabida la política de reeducación del reo, en la medida en que es deseable para la sociedad reconvertir a un individuo peligroso. O, también, -por qué no- desde este enfoque y como fin secundario tiene cabida el componente retributivo de la pena, al menos en una parte, por evitarle frustraciones y neuras a los ofendidos.

    El inconveniente de la visión utilitarista: puede dar pie a arbitrariedades de política criminal, puesto que se sustenta en una compleja ponderación de intereses.

    […]

    Un último apunte. Dices: «Se trata de aplicarle una pena que sea capaz de resarcir el daño causado».

    No es así. Ninguna pena resarce el daño causado. Incluso cuando la pena es una multa, ese dinero va a las arcas del estado, no al bolsillo del ofendido.

    El resarcimiento del daño causado es una RESPONSABILIDAD CIVIL derivada del delito, que es algo distinto a la punición del delito. Hay que distinguir el orden penal del orden civil. De hecho, técnicamente puede haber resarcimiento sin punición.

    Un saludo.

  17. A parte de los argumentos que indicas en tu post, otro gran argumento favorable a que un criminal se pase en la vida lo que le resta de vida sería la protección de los individuos que forman la sociedad contra la posible repetición del crímenes gravisimos por parte de ese sujeto, sobretodo cuando se trata de delincuentes reincidentes.

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