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Escrito por el 24 abr 2007, para la sección Política, Uncategorized bajo licencia Licencia de Creative Commons y ha sido leído 18 veces

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Prevaricando, que es gerundio

Hoy, las clases dominantes ya no se dedican, como antes, a la caza. El deporte de moda de nuestros políticos es “la prevaricación furtiva”. Lo malo es que, a veces, pocas, les pillan:

La sección sindical de la CGT en el Ciemat ha cursado una instancia al ministro de Administraciones Públicas en la que solicita su «intervención urgente» para que termine con las «irregularidades en las contrataciones» del organismo público que constituía una de las grandes promesas socialistas para la creación de empleo en el Bierzo.

fuente: La Crónica de León

One Comment

  1. wininu
    abril 24, 2007

    bueeeno que no les pillan… que no sale en los “medios”, que sale rarísimamente, o que los jueces tardan lo suyo, o que no hay nadie que denuncie. O que los Consejos de Cuentas no son vinculantes para destituir nadie pq vamos…

    Un lector apasionado de chanchullos no tendría más que mirarse en todas las inforamciones relacionadas con los Tribunales de Cuentas.

    Hace poco el Consejo de Cuentas de CyL sacó un informe sobre los contratos de más de 150.000 euros de la consejería de Medio Ambiente. 1 de cada 4 ni había pasado por el registro.

    Literalmente del informe:

    “Los PCAP (pliegos) contienen criterios de adjudicación que no responden a la objetividad exigida por el artículo 86 del TRLCAP.

    Tampoco se considera admisible que sean los informes de valoración los que
    establezcan dichos métodos o subcriterios dentro de los criterios generales establecidos en el Pliego.

    Por tanto, no se considera garantizado el cumplimiento de los principios de publicidad, igualdad y no discriminación que predica el artículo 11 del TRLCAP.

    Asimismo, se considera incorrecta la inclusión como criterio de adjudicación de
    aspectos, que en su caso debieron requerirse como acreditativos de la solvencia técnica de los licitadores tales como la indicación de los medios humanos y materiales que se afectarán a la ejecución del contrato sin haber hecho uso previamente de la posibilidad que ofrece el tercer párrafo del artículo 15.1 del TRLCAP o la posesión de certificados de calidad.”

    Y sigue:

    “La justificación de la forma de adjudicación es obligatoria según el artículo 75.2 del TRLCAP. En los contratos de obra fiscalizados adjudicados por concurso en la Consejería de Medio Ambiente se ha incumplido dicha obligación.”

    Y eso los contratos de más de 150.000 euros. Que las mayores barrabasadas se dan en menores cantidades, ¿quizá pq no los fiscaliza el consejo de cuentas?

    Estas cosas se traducen en lenguaje popular al uso en esto otro

    ¿Quién se entera? Pues casi nadie. Ni un medio de comunicación se hace apenas eco.

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